Por
Aníbal E. Melo
http://www.AnibalMelo.com
AnibalMelo@yahoo.com
El
proyecto de ley de Reforma Integral de Inmigración - S.744,
introducido en el Senado en abril del 2013, crea un camino hacia la
ciudadanía para los 11 millones de personas indocumentadas.
Ese
proyecto todavía no es una ley.
Para
convertirse en ley, debe ser aprobado por el Senado, por la Cámara
de Representantes, y firmado por el Presidente.
A
continuación les presento los "criterios de elegibilidad"
para las personas que desean legalizar su situación, y luego
solicitar la Residencia Permanente y la Ciudadanía.
Elegibilidad
para el Registro Como Inmigrante Provisional (RPI):
- Debe ser indocumentado viviendo en los Estados Unidos, ya sea por entrada ilegal o porque se haya quedado más del tiempo permitido en su visado.
- Debe haber estado presente en Estados Unidos al 31 de Diciembre del 2011
- Debe tener presencia física continua en Estados Unidos desde su llegada
- Pasar un chequeo de antecedentes
- No tener condenas por delitos graves o 3 o más delitos menores
- Hay exenciones para determinadas condenas penales
- Los delitos borrados no se consideran condenas
- Hay que pagar los impuestos atrasados
- Pagar las tasas de archivo y una multa de 500 dólares
- El "castigo" por "presencia ilegal" no se aplica
Detalles
del RPI:
- Inicialmente, el estatus tendrá una validez de 6 años
- Incluye al cónyuge y a los hijos del aplicante
- Otorga Permiso de Trabajo y autorización de realizar viajes internacionales
- No se puede estar ausente de los Estados Unidos por más de 180 días, a menos que haya circunstancias atenuantes.
Renovación
del RPI:
- Nueva revisión de antecedentes
- Se debe haber estado trabajando regularmente de forma continua o tener recursos equivalentes al 125% del "límite de pobreza federal", a menos que el "Beneficiario RPI" sea un estudiante a tiempo completo. Hay excepciones limitadas basadas en edad y discapacidad
- Se debe pasar un examen de Inglés
- Pagar las tasas de presentación y una multa de 500 dólares
- El "castigo" por "presencia ilegal" no se aplica
De
"RPI" a Residente Permanente:
Después
de 10 años en "Estatus RPI", se puede solicitar el Ajuste
de Estatus a Residente Permanente Legal.
El
Gobierno debe:
- Haber eliminado los retrasos en los casos de Peticiones por Empleo y Familiares
- Cumplir Con la Seguridad Fronteriza
El
Aplicante Debe:
- Pagar las tasas de presentación y $1,000 de multa
- El "castigo" por "presencia ilegal" no se aplica
- Se endurece el requisito de "ingresos"
Para
La Ciudadanía:
Se
podrá solicitar 3 años después de obtener la Residencia Permanente.
Los
Dreamers - Beneficios Especiales:
- Haber llegado a los Estados Unidos antes tener 16 años de edad
- Haber realizado los estudios secundarios en Estados Unidos
- No hay edad máxima
- Podrán solicitar "Estatus RPI" bajo el DREAM Act
- Pueden solicitar la Tarjeta de Residencia a los 5 años, incluyendo el tiempo en DACA.
- Podrán solicitar la ciudadanía inmediatamente después de obtener la Residencia
Trabajadores
Agrícolas - Beneficios Especiales
- Se debe hacer el "compromiso" de laborar en trabajos agrícolas
- Podrán solicitar la Tarjeta Agrícola
- Podrán ser elegible para Ajuste de Estatus a Residente Permanente, luego de tener 5 años con la Tarjeta Agrícola
- Hay que tener los impuestos pagos
- No tener antecedentes penales graves
- Pagar las tasas de presentación y una multa de $400