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En la actualidad, el Gobierno asigna
una "prioridad" a cada uno de los "tipos" de peticiones
familiares.
Algunos parentescos tienen mayor
prioridad que otros, es decir que, en general, esos familiares
obtienen más rápidamente su Residencia Permanente.
La "Categoría de Parentesco"
que tiene mayor "prioridad" es la de los familiares directos.
Los cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y los padres de los ciudadanos estadounidenses son considerados "familiares inmediatos o directos".
Los cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y los padres de los ciudadanos estadounidenses son considerados "familiares inmediatos o directos".
Los parentescos familiares que "no
son directos" se clasifican en "Categorías de
Preferencia".
Las personas que caen dentro de esas
categorías deben esperar hasta que una Visa de Inmigrante esté
disponible antes de poder presentar su solicitud de Residencia.
A toda petición presentada por un
ciudadano estadounidense o un residente permanente en los Estados
Unidos que se aprueba, se le asigna una "fecha de prioridad",
que es la fecha exacta o aproximada en la que el USCIS recibió la
petición.
Pero, el proyecto de ley de "Reforma
Integral de Inmigración" que se introdujo en el Senado en este
mismo mes, haría cambios importantes en los casos de "Peticiones
de Preferencia" basadas en la familia.
A saber:
El número de Tarjetas Verdes de
"preferencia familiar", caería de 226,000 a 161,000 al
año.
Sin embargo, mediante la ampliación de
la categoría de "familiares inmediatos", el proyecto de
ley realmente aumentaría la cantidad de visas de inmigrantes
disponibles para las peticiones familiares.
Además, a partir del 1 de octubre del
2014, se van a "recapturar" todas las Visas de Residencia
basadas en peticiones familiares, que no fueron utilizadas entre el
1992 y el 2013.
Por su parte, el "nivel mundial"
para las "Visas de Inmigrantes" basadas en la familia
sería:
1) Hijos o hijas solteros de los
ciudadanos, 35%.
2) Hijos o hijas casados de los
ciudadanos, menores de 31 años de edad al momento de la presentación
de la peticion, 25%.
3) Hijos e hijas solteros de los
residentes permanentes legales, 40%.
Las personas en la "Categoría de
Preferencia 2A", cónyuges e hijos de Residentes Permanentes
Legales, serían considerados "familiares inmediatos",
junto a los padres, cónyuges e hijos de los Ciudadanos, y no
estarían sujetos a restricciones numéricas.
Si ya están en los Estados Unidos
legalmente, y han entrado con "inspección", se les
permitiría solicitar su "Ajuste de Estatus" en el país,
aunque se hayan quedado más del tiempo permitido por las autoridades
o trabajado sin autorización legal.
El proyecto de ley le permitiría a los
"beneficiarios derivados" de los "familiares
inmediatos" el obtener su Residencia Permanente junto con los
"beneficiarios principales".
Ejemplo:
En la actualidad, si un ciudadano
adulto, pide a sus padres que tienen una hija de 10 años de edad,
sólo los padres son considerados "parientes inmediatos",
por lo que pueden emigrar sin limitaciones numéricas.
La hermana, sin embargo, debe ser
solicitada en la "cuarta preferencia" y está sujeta a
restricciones numéricas. Ella es separada de sus padres y tiene que
esperar muchos años para calificar para una tarjeta verde.
Según el proyecto de Reforma 2013, la
hermana sería considerada una "beneficiaria derivada" de
la peticion de sus padres, por lo que pueden venir todos juntos.
Por otro lado, el "tope por país" fue
elevado del 7% al 15%.
Esto beneficiaría enormemente a las
personas nacidas en las Filipinas y en México, que actualmente están
sujetas a tiempos de espera muy largos.
El proyecto de ley restringiría la
presentación de solicitudes para la "3era Categoría de
Preferencia", hijos casados de los ciudadanos
estadounidenses, por lo que los padres se verían limitados a
patrocinar solamente a los menores de 30 años en la fecha en
la que se archive su petición con el USCIS.
El proyecto de ley eliminaría
completamente la presentación de nuevas solicitudes para la "Cuarta
Preferencia", hermanos de ciudadanos estadounidenses.
Dado que esos cambios sólo se aplican
a las peticiones futuras, si usted es un Ciudadano, el tiempo de
patrocinar a sus hijos casados y a sus hermanos es ahora,
antes de que el Proyecto se convierta en ley.
En la actualidad, a "los hijastros" se
les permite ser patrocinados sólo si el matrimonio crea una
"relación de familiar" antes de que el niño cumple los18
años de edad.
El proyecto de ley cambia esto a la
edad de 21 años.
Además, el requisito de edad para un "niño adoptado" es elevado de 16 a 18 años.
Los niños "beneficiarios
derivados" que "age-out", mantendrían sus "fechas
de prioridades originales" y podrían convertirse
automáticamente en "Categoría 2B", tan pronto como sus
padres sean admitidos como Residentes Permanentes.
Además, el proyecto de ley permitiría
a los siguientes beneficiarios de peticiones aprobadas basadas en la
familia, el obtener una "Visa V", con la que se puede vivir
y trabajar en los Estados Unidos hasta la espera de que sus "fechas
de prioridad" sean actuales:
1) Hijos adultos solteros de Ciudadanos estadounidenses y de Residentes Permanentes.
2) Hijos casados de Ciudadanos
estadounidenses que tengan 30 años de edad o menos, al momento de
presentarles su petición.
Continuará...