miércoles, 24 de abril de 2013

Más Sobre La Reforma: Nuevo Sistema Para Las Peticiones Familiares

Por Aníbal E. Melo
http://www.AnibalMelo.com
AnibalMelo@yahoo.com

En la actualidad, el Gobierno asigna una "prioridad" a cada uno de los "tipos" de peticiones familiares.

Algunos parentescos tienen mayor prioridad que otros, es decir que, en general, esos familiares obtienen más rápidamente su Residencia Permanente.

La "Categoría de Parentesco" que tiene mayor "prioridad" es la de los familiares directos. 

Los cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y los padres de los ciudadanos estadounidenses son considerados "familiares inmediatos o directos".

Los parentescos familiares que "no son directos" se clasifican en "Categorías de Preferencia".

Las personas que caen dentro de esas categorías deben esperar hasta que una Visa de Inmigrante esté disponible antes de poder presentar su solicitud de Residencia.

A toda petición presentada por un ciudadano estadounidense o un residente permanente en los Estados Unidos que se aprueba, se le asigna una "fecha de prioridad", que es la fecha exacta o aproximada en la que el USCIS recibió la petición.

Pero, el proyecto de ley de "Reforma Integral de Inmigración" que se introdujo en el Senado en este mismo mes, haría cambios importantes en los casos de "Peticiones de Preferencia" basadas en la familia.

A saber:

El número de Tarjetas Verdes de "preferencia familiar", caería de 226,000 a 161,000 al año.

Sin embargo, mediante la ampliación de la categoría de "familiares inmediatos", el proyecto de ley realmente aumentaría la cantidad de visas de inmigrantes disponibles para las peticiones familiares.

Además, a partir del 1 de octubre del 2014, se van a "recapturar" todas las Visas de Residencia basadas en peticiones familiares, que no fueron utilizadas entre el 1992 y el 2013.

Por su parte, el "nivel mundial" para las "Visas de Inmigrantes" basadas en la familia sería:

1) Hijos o hijas solteros de los ciudadanos, 35%.

2) Hijos o hijas casados de los ciudadanos, menores de 31 años de edad al momento de la presentación de la peticion, 25%.

3) Hijos e hijas solteros de los residentes permanentes legales, 40%.

Las personas en la "Categoría de Preferencia 2A", cónyuges e hijos de Residentes Permanentes Legales, serían considerados "familiares inmediatos", junto a los padres, cónyuges e hijos de los Ciudadanos, y no estarían sujetos a restricciones numéricas.

Si ya están en los Estados Unidos legalmente, y han entrado con "inspección", se les permitiría solicitar su "Ajuste de Estatus" en el país, aunque se hayan quedado más del tiempo permitido por las autoridades o trabajado sin autorización legal.

El proyecto de ley le permitiría a los "beneficiarios derivados" de los "familiares inmediatos" el obtener su Residencia Permanente junto con los "beneficiarios principales".


Ejemplo:

En la actualidad, si un ciudadano adulto, pide a sus padres que tienen una hija de 10 años de edad, sólo los padres son considerados "parientes inmediatos", por lo que pueden emigrar sin limitaciones numéricas.

La hermana, sin embargo, debe ser solicitada en la "cuarta preferencia" y está sujeta a restricciones numéricas. Ella es separada de sus padres y tiene que esperar muchos años para calificar para una tarjeta verde.

Según el proyecto de Reforma 2013, la hermana sería considerada una "beneficiaria derivada" de la peticion de sus padres, por lo que pueden venir todos juntos.

Por otro lado, el "tope por país" fue elevado del 7% al 15%.

Esto beneficiaría enormemente a las personas nacidas en las Filipinas y en México, que actualmente están sujetas a tiempos de espera muy largos.

El proyecto de ley restringiría la presentación de solicitudes para la "3era Categoría de Preferencia", hijos casados de los ciudadanos estadounidenses, por lo que los padres se verían limitados a patrocinar solamente a los menores de 30 años en la fecha en la que se archive su petición con el USCIS.

El proyecto de ley eliminaría completamente la presentación de nuevas solicitudes para la "Cuarta Preferencia", hermanos de ciudadanos estadounidenses.

Dado que esos cambios sólo se aplican a las peticiones futuras, si usted es un Ciudadano, el tiempo de patrocinar a sus hijos casados y a sus hermanos es ahora, antes de que el Proyecto se convierta en ley.

En la actualidad, a "los hijastros" se les permite ser patrocinados sólo si el matrimonio crea una "relación de familiar" antes de que el niño cumple los18 años de edad.

El proyecto de ley cambia esto a la edad de 21 años.

Además, el requisito de edad para un "niño adoptado" es elevado de 16 a 18 años.

Los niños "beneficiarios derivados" que "age-out", mantendrían sus "fechas de prioridades originales" y podrían convertirse automáticamente en "Categoría 2B", tan pronto como sus padres sean admitidos como Residentes Permanentes.

Además, el proyecto de ley permitiría a los siguientes beneficiarios de peticiones aprobadas basadas en la familia, el obtener una "Visa V", con la que se puede vivir y trabajar en los Estados Unidos hasta la espera de que sus "fechas de prioridad" sean actuales:

1) Hijos adultos solteros de Ciudadanos estadounidenses y de  Residentes Permanentes.

2) Hijos casados de Ciudadanos estadounidenses que tengan 30 años de edad o menos, al momento de presentarles su petición.


Continuará...