viernes, 24 de agosto de 2012

Acción Diferida e Historial Criminal

                                                           
Por Aníbal E. Melo
AnibalMelo@Yahoo.com



El Servicio de Inmigración y Ciudadanía, agencia del DHS encargada de administrar la nueva iniciativa política del Presidente en favor de los jóvenes que carecen de autorización para estar en los Estados Unidos, ha publicado una guía poco definida sobre los crimenes que hacen no elegibles para beneficiarse de la Acción Diferida.

A los solicitantes normalmente se les negará el beneficio, si han sido condenados por un delito grave, delito menor significativo, o tres o más delitos menores no significativos.

De acuerdo con la orientación que el USCIS publicará en su sitio web, su definición de "delito grave" y "delito menor" es la misma utilizada en la ley penal federal.

Es decir, "un delito grave", es uno punible con una pena de prisión superior a un año y un "delito menor" es uno para el cual la pena máxima de prisión autorizada es de un año o menos pero mayor de cinco días.

Para los efectos de la Acción Diferida, un delito no se considera importante si el plazo máximo de detención es de cinco días o menos.

Hay que destacar que el USCIS ha proporcionado algo de claridad acerca de lo que para la agencia constituye un "delito menor significativo."

Esto es particularmente útil porque la frase "falta significativa" no existe en la ley de inmigración o en la ley criminal federal por lo que muchos hemos estado tratando de comprender qué es exactamente lo que esa frase significa para el gobierno.

Según USCIS, un "delito menor significativo" es un delito menor que "sin importar la pena impuesta, es relativo a violencia doméstica, abuso sexual, explotación, robo, posesión o uso ilegal de un arma de fuego, distribución o tráfico de drogas, o conducción bajo la influencia, o bien, si no es un delito enumerado anteriormente, es aquel por el cual un individuo fue condenado a una pena de custodia de más de 90 días."

La sentencia debe incluir tiempo para ser servido en prisión preventiva, y por lo tanto no incluye las condenas de ejecución condicionales.

Esta es una definición amplia, una que pienso, tiene la clara intención de incluir la mayoría de las condenas tipicas que sufren los jóvenes.

El USCIS se esforzó especialmente en enfatizar que las convicciones de DUI constituyen "faltas significativas", presumo debido a que el gobierno piensa que muchos jóvenes tienen ese tipo de mancha en su historial.

Sin embargo, los delitos de simple posesión de drogas, notablemente no fueron incluidos en la lista.

Eso no quiere decir que una condena por simple posesión de drogas no resultará en una negación.

Como dice USCIS: "La ausencia de historia criminal, o su presencia, no es necesariamente determinante, sino que es un factor a tener en cuenta en el ejercicio de la discrecionalidad inapelable. El DHS se reserva la facultad de determinar que un individuo no justifica la Acción Diferida a partir de un solo delito penal por el que fue condenado a un tiempo de prisión de 90 días o menos."

En otras palabras, en realidad la iniciativa política de Obama no confiere derechos a nadie.

El USCIS tiene la última palabra.

Al igual que puede resolver otorgar la Acción Diferida a alguien en cualquier forma que desee, puede decidir negarla por cualquier razón.

Lo prudente es consultar con un abogado de inmigración, preferentemente uno que sea miembro de la American Immigration Lawyers Association, la mayor asociación profesional de abogados de inmigración del país, antes de archivar un Formulario con el USCIS para que pueda sopesar los costos y beneficios de su aplicación con mejor información.

Esto es especialmente cierto para cualquier persona que haya tenido un encuentro con las autoridades policiales y judiciales de cualquier tipo, en cualquier situación.

Como lo he estado escribiendo en este blog, este es un terreno complicado, por lo que creo que todos los jóvenes que piensan que pueden ser elegibles, deben consultar con un abogado de inmigración.

Si usted piensa que no puede permitirse el lujo de contratar un abogado privado, busque una organización local sin fines de lucro que proporcione asistencia legal mediante un abogado, gratuitamente o a bajo costo.

Y si usted no vive en una zona donde eso este disponible, llame a un abogado de inmigración de todos modos, expliquele su situación financiera y pidale ayuda.