Por Aníbal E. Melo
Desde el 29 de Agosto del 2016, muchos extranjeros
indocumentados que se encuentran presentes en los Estados Unidos, tienen una
mayor esperanza de poder obtener el estatus de Residente Permanente Legal.
Históricamente los extranjeros indocumentados presentes en
los Estados Unidos que son cónyuges o hijos de un ciudadano estadounidense o de
un residente legal permanente, y que son “elegibles” para obtener una Visa de
Inmigrante han tenido que salir del país para poder ser entrevistados en un
Consulado Estadounidense.
El problema ha sido, que a los Solicitantes que califican,
pero que han estado en los Estados Unidos ilegalmente durante más de seis
meses, se les ha impedido reingresar por tres o diez años después de su salida
(incluso más, dependiendo de otras circunstancias).
El actual Perdón Provisional De Presencia Ilegal está
diseñado en favor de muchas de esas personas que estarían sujetas a un
“castigo” de tres o diez años, pero que de otra manera serían “admisibles” para
inmigrar inmediatamente.
Desde el 2013, el USCIS ha permitido que ciertos
Solicitantes de Visas de Inmigrantes que son "parientes inmediatos"
(cónyuges, hijos o padres) de los ciudadanos de Estados Unidos puedan solicitar
una “Exención Provisional de Presencia Ilegal” mientras que aún se
encuentran en el país.
Si es aprobada, el Solicitante puede entonces viajar al
extranjero para ser entrevistado consularmente y, posteriormente, volver a re-entrar
a los Estados.
Al solicitar la “Exención Provisional de Presencia Ilegal”,
el solicitante tiene que demostrar que él o ella reune ciertos requisitos:
- Que por lo menos tiene 17 años de edad
- Que es beneficiario de una Forma I-130 o de un Formulario I-360
- Que tiene una Solicitud de Visa de Inmigrante pendiente con el Departamento de Estado
- Que puede demostrar que la denegación de su “admission” a los Estados Unidos (después de la “entrevista consular”) daría lugar a crearle una "dificultad extrema" a un ciudadano estadounidense o a un residente permanente legal que es su cónyuge o uno de sus padres.
Pero a partir del 29 de Agosto una nueva Regla se esta
aplicando.
Esa nueva Regla amplía el alcance de quienes pueden
solicitar una “Exención Provisional de Presencia Ilegal”.
Como he indicado anteriormente, el proceso de “Exención
Provisional” anteriormente sólo estaba disponible para los extranjeros que eran
beneficiarios de “Peticiones de Familiares Inmediatos” presentadas por su
cónyuge ciudadano o por un hijo.
Con la nueva normativa vigente, la Exención está ahora
disponible para los Solicitantes que son elegibles para los procesos de Visas
de Inmigrantes, independientemente de la “Categoría de Preferencia”.
Eso significa que si se ha acumulado “presencia illegal” en
los Estados Unidos, pero usted tiene una Petición de Visa presentada en su
nombre por un padre, un hermano o un empleador, puede ahora ser elegible para
solicitar la “Exención Provisional o Perdón”.
Todavía bajo la Reglamentación Final, el beneficiario
tendrá:
- Que viajar al extranjero con el fin de obtener la Visa de inmigrante.
- Que establecer que una denegación de su Admisión daría lugar a dificultades extremas a un ciudadano estadounidense o residente permanente legal que sea su padre o madre.
- Que establecer que su caso tiene el derecho al ejercicio de esa facultad, y
- Cumplir con los demás requisitos reglamentarios de ese tipo de Proceso.
El beneficio de la Exención Provisional también se extenderá
a los cónyuges y niños que acompañen o sigan para reunirse al principal
beneficiario.
Si un individuo está en proceso de “expulsión”, tendrá que
buscar que su caso sea administrativamente cerrado antes de poder aplicar a un
perdón de presencia ilegal.
Si una persona ya tiene una Orden Final de expulsión,
deportación o exclusión, tiene que salir de los Estados Unidos.
Hay un proceso adicional nuevo para dichos solicitantes
además de la renuncia provisional de la presencia ilegal.
Se espera que bajo una norma definitiva de esta regla, el
USCIS actualice su “Manual de Normas” para proporcionar más orientación sobre
cómo la Agencia toma las determinaciones de "extrema dificultad".
USCIS ya ha emitido un nuevo Formulario I-601A para el
proceso de Solicitud, mismo que prevalece sobre el anterior.
Creo que todavía hay muchos otros grandes avances que pueden
ser hechos en esta área del derecho de inmigración.
Si bien la expansión de la Exención Provisional muestra que
el “DHS” está escuchando,hay muchos más cambios que pueden ser llevados a cabo para
hacer los procesos más ágiles y eficientes.
Sin embargo, opino que el cambio que entró en vigor el 29 de
Agosto pasado es un paso en la dirección correcta, ya que le abre la puerta a
muchas personas que no han podido aplicar para obtener dicho beneficio con
anterioridad.
Gracias Presidente Obama!