viernes, 7 de octubre de 2016

Sobre La Expansión Provisional Del Perdón De Presencia Ilegal o Waiver


Por Aníbal E. Melo


Desde el 29 de Agosto del 2016, muchos extranjeros indocumentados que se encuentran presentes en los Estados Unidos, tienen una mayor esperanza de poder obtener el estatus de Residente Permanente Legal.

Históricamente los extranjeros indocumentados presentes en los Estados Unidos que son cónyuges o hijos de un ciudadano estadounidense o de un residente legal permanente, y que son “elegibles” para obtener una Visa de Inmigrante han tenido que salir del país para poder ser entrevistados en un Consulado Estadounidense.

El problema ha sido, que a los Solicitantes que califican, pero que han estado en los Estados Unidos ilegalmente durante más de seis meses, se les ha impedido reingresar por tres o diez años después de su salida (incluso más, dependiendo de otras circunstancias).

El actual Perdón Provisional De Presencia Ilegal está diseñado en favor de muchas de esas personas que estarían sujetas a un “castigo” de tres o diez años, pero que de otra manera serían “admisibles” para inmigrar inmediatamente.

Desde el 2013, el USCIS ha permitido que ciertos Solicitantes de Visas de Inmigrantes que son "parientes inmediatos" (cónyuges, hijos o padres) de los ciudadanos de Estados Unidos puedan solicitar una “Exención Provisional de Presencia Ilegal” mientras que aún se encuentran  en el país.

Si es aprobada, el Solicitante puede entonces viajar al extranjero para ser entrevistado consularmente y, posteriormente, volver a re-entrar a los Estados.

Al solicitar la “Exención Provisional de Presencia Ilegal”, el solicitante tiene que demostrar que él o ella reune ciertos requisitos:

  • Que por lo menos tiene 17 años de edad
  • Que es beneficiario de una Forma I-130 o de un Formulario I-360
  • Que tiene una Solicitud de Visa de Inmigrante pendiente con el Departamento de Estado
  • Que puede demostrar que la denegación de su “admission” a los Estados Unidos (después de la “entrevista consular”) daría lugar a crearle una "dificultad extrema" a un ciudadano estadounidense o a un residente permanente legal que es su cónyuge o uno de sus padres.

Pero a partir del 29 de Agosto una nueva Regla se esta aplicando.

Esa nueva Regla amplía el alcance de quienes pueden solicitar una “Exención Provisional de Presencia Ilegal”.

Como he indicado anteriormente, el proceso de “Exención Provisional” anteriormente sólo estaba disponible para los extranjeros que eran beneficiarios de “Peticiones de Familiares Inmediatos” presentadas por su cónyuge ciudadano o por un hijo.

Con la nueva normativa vigente, la Exención está ahora disponible para los Solicitantes que son elegibles para los procesos de Visas de Inmigrantes, independientemente de la “Categoría de Preferencia”.

Eso significa que si se ha acumulado “presencia illegal” en los Estados Unidos, pero usted tiene una Petición de Visa presentada en su nombre por un padre, un hermano o un empleador, puede ahora ser elegible para solicitar la “Exención Provisional o Perdón”.

Todavía bajo la Reglamentación Final, el beneficiario tendrá:
  • Que viajar al extranjero con el fin de obtener la Visa de inmigrante.
  • Que establecer que una denegación de su Admisión daría lugar a dificultades extremas a un ciudadano estadounidense o residente permanente legal que sea su padre o madre.
  • Que establecer que su caso tiene el derecho al ejercicio de esa facultad, y
  • Cumplir con los demás requisitos reglamentarios de ese tipo de Proceso.

El beneficio de la Exención Provisional también se extenderá a los cónyuges y niños que acompañen o sigan para reunirse al principal beneficiario.

Si un individuo está en proceso de “expulsión”, tendrá que buscar que su caso sea administrativamente cerrado antes de poder aplicar a un perdón de presencia ilegal.

Si una persona ya tiene una Orden Final de expulsión, deportación o exclusión, tiene que salir de los Estados Unidos.

Hay un proceso adicional nuevo para dichos solicitantes además de la renuncia provisional de la presencia ilegal.

Se espera que bajo una norma definitiva de esta regla, el USCIS actualice su “Manual de Normas” para proporcionar más orientación sobre cómo la Agencia toma las determinaciones de "extrema dificultad".

USCIS ya ha emitido un nuevo Formulario I-601A para el proceso de Solicitud, mismo que prevalece sobre el anterior.

Creo que todavía hay muchos otros grandes avances que pueden ser hechos en esta área del derecho de inmigración.

Si bien la expansión de la Exención Provisional muestra que el “DHS” está escuchando,hay muchos más cambios que pueden ser llevados a cabo para hacer los procesos más ágiles y eficientes.

Sin embargo, opino que el cambio que entró en vigor el 29 de Agosto pasado es un paso en la dirección correcta, ya que le abre la puerta a muchas personas que no han podido aplicar para obtener dicho beneficio con anterioridad. 

Gracias Presidente Obama!