miércoles, 11 de abril de 2012

Aclaraciones Sobre El Perdón Provisional

                                                                                                         
Por Aníbal E. Melo

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La mejor esperanza para obtener una tarjeta de residencia para aquellos individuos que entraron a Estados Unidos sin inspección y son familiares inmediatos (padres, cónyuges e hijos solteros menores de 21 años) de un ciudadano, se esta moviendo hacia adelante positivamente, según la notificación de reglamentación publicada el 30 de Marzo del 2012 por el USCIS.

Dicha nota establece los requisitos de elegibilidad y los procedimientos propuestos en virtud de los cuales los beneficiarios podrán solicitar y recibir exenciones provisionales del castigo de inadmisibilidad de 3 o 10 años, antes de decidirse a viajar hacia el extranjero y comparecer a su entrevista de residencia en los diversos consulados y embajadas de Estados Unidos.

Las exenciones provisionales se convertirán en definitivas con la aprobación de sus casos.

Esta claro que "El familiar inmediato no tendría que esperar en el extranjero durante el período en que el USCIS adjudica su petición de perdón, sino que podría permanecer en los Estados Unidos junto a su cónyuge o padre ciudadano."

La importancia y el atractivo del perdón provisional es que hay un menor riesgo para las personas que solicitan y se quedan aquí durante el tiempo de adjudicación. Si es aprobado, el extranjero incrementa la probabilidad de que en una entrevista consular va a obtener su residencia sin mayores problemas.

El público tiene 60 días para formular sus observaciones antes de que el proceso de reglamentación final comience el 1 de junio del 2012.

Uno de los puntos más interesantes de la norma propuesta es que la solicitud de perdón provisional será esencialmente un asunto de una sola oportunidad.

El USCIS no permitirá que una persona a la que se le ha negado el perdón provisional, vuelva a presentar otro. No se permitiran recursos administrativos o mociones para reabrir o reconsiderar, por lo que el primer intento del solicitante es su verdadera oportunidad

Si la solicitud tiene éxito, el USCIS no emitirá un Aviso de Comparecencia o NTA para la Corte de Inmigración, sin embargo, se reserva el derecho de emitirlo sobre la base de una negación, afirmando que: "Si se niega la solicitud de exención provisional, se seguirá la política en vigor al momento de la decsición para determinar si se iniciará o no procedimientos de deportacion contra el solicitante".

Hay que tomar en cuenta que muchos de los casos presentados por parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses tienen buenas posibilidades de acciones favorables, y junto al tema de la Discreción Fiscal, caliente hasta hace poco, el chance de verse de frente con un NTA aparenta ser bajo.




Requisitos Para Presentar Una Solicitud De Perdón Provisional, Bajo La Regla Propuesta:

El único motivo de inadmisibilidad debe ser "presencia ilegal" de más de 180 días.

El solicitante debe ser el beneficiario de un Formulario I-130 (Petición para Familiar Extranjero) o de un I-360 (petición de viuda Amerasian o inmigrante especial) que lo clasifique como "pariente inmediato."

El solicitante debe estár presente físicamente en los Estados Unidos, al momento de presentar el pedido de perdón provisional.

El solicitante debe comparecer al proceso de biometría en los Estados Unidos (huellas dactilares y fotografías).

El solicitante debe establecer que su cónyuge o padre ciudadano sufriría dificultades extremas si se le niega la residencia permanente.

El solicitante debe tener 17 años o más al momento en que presenta su solicitud.


Bases Para Negar el Perdón:

El solicitante ya esta viviendo fuera de los Estados Unidos.

El solicitante no tiene una petición I-130 aprobada o un Formulario I-360 archivado, que lo clasifique como pariente inmediato.

El solicitante no ha pagado la cuota de procesamiento de su visa de inmigrante al Departamento de Estado y no está trabajando activamente en el proceso de su caso.

Al solicitante ya se le ha programado una entrevista (USCIS considera que la solicitud del perdón debe ser paralela a la tramitación de la visa de inmigrante. Cuando al solicitante ya se le ha programada una entrevista, la solicitud de un perdón retrasaría ese proceso y no sería paralela al pedido de residencia).

El solicitante es menor de 17 años de edad cuando la solicitud de exención provisional se presenta.

El extranjero se encuentra en proceso de deportación.

El solicitante no tiene un NTA y no puede iniciar un proceso de Cancelación de Deportación.

El solicitante se encuentra en un proceso de deportación que ha sido cerrado administrativamente y no vuelto a reabrir posteriormente para poder obtener una Orden de salida voluntaria.

El solicitante está sujeto a una orden final de deportación.

El solicitante tiene pendiente una solicitud de residencia permanente.

Cuando el USCIS tiene razones para creer que el solicitante está sujeto a otros motivos de inadmisibilidad.

El solicitante no presenta las "dificultades extremas" del pariente calificado o no merece un ejercicio favorable de discreción.

Cuando con anterioridad, el solicitante ya haya presentado un perdón provisional por presencia ilegal.

La norma propuesta no es definitiva, y es susceptibles de ser cambiada durante el período de comentarios.

Creo que se debe ampliar el beneficio, para cubrir a las personas que no sean familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses, y que se debe buscar una manera de hacer elegibles a muchas de los extranjeros que tienen órdenes finales de deportación, o exclusión, siempre que puedan demostrar que tienen una petición I-212 o solicitud de autorización para solicitar readmisión después de una deportación. (El I-212 puede ser archivado dentro de Estados Unidos si el solicitante está aquí).

Las próximas semanas prometen mucha emoción en esta área, ya que este perdón parece ser la probabilidad más concreta de un importante cambio pro-inmigrante otorgado a corto plazo por el Presidente Obama.